Google InfoInmobiliaria.blogspot.com


lunes, enero 02, 2006

Obligaciones del arrendatario

Deberes u obligaciones del arrendatario en el alquiler:

  • Si no se acuerda lo contrario con el propietario, el inquilino deberá comprar el documento del contrato de arrendamiento.
  • Cuando se firme el contrato, el inquilino está obligado a dar una fianza en metálico. el importe de la fianza será el coste de un mes de alquiler.
  • Se deberá acordar en el contrato qué indemnización tendrá que satisfacer el inquilino en caso de que abandone la vivienda antes del plazo convenido. Normalmente, suele ser una mensualidad. Sin embargo, si no existe ningún acuerdo, la indemnización se dirimirá ante los tribunales.
  • El pago de la renta de alquiler será típicamente mensual y se deberá pagar en los primeros siete días del mes
  • Durante los cinco primeros años el precio del alquiler sólo se actualizará anualmente y en la misma fecha en que se cumpla el año de vigencia del contrato utilizando el IPC en los doce meses anteriores a la fecha del contrato.
  • El alquiler se podrá aumentar por la realización de obras de mejora, pero ojo, sólo cuando se inicien una vez transcurridos los cinco años de contrato.
  • Electricidad, agua, gas y teléfono correrán, salvo que se pacte lo contrario, a cargo del inquilino. La comunidad suele pagarla el arrendatario, aunque se puede pactar lo contrario.
  • El arrendatario no puede emprender reparaciones que modifiquen la vivienda o que disminuyan su estabilidad o seguridad sin el consentimiento del propietario. Además, deberá soportar las obras de conservación o mejora que no puedan esperar hasta la finalización del contrato.
  • El casero podrá exigir al inquilino el pago del Impuesto de Bienes Immuebles (IBI), el importe de las obras de reparación necesarias y los gastos de servicios y suministros.






0Comentarios:

Publicar un comentario

<< Pagina principal